¿QUÉ HAY QUE HACER ANTE LA SOSPECHA DE SER VÍCTIMA DE SUSTRACCIÓN ILEGAL DE BEBÉ AL NACER? (Hij@s)

23.06.2013 17:40

Por parte de los hijos:

  • Acudir al Registro Civil y pedir la ‘partida literal de nacimiento’ y el ‘Legajo Hospitalario de Nacimiento’.  En caso de ser adoptado, en el margen izquierdo de la partida, aparecen los datos de la adopción. Si es apropiado y registrado como biológico, en el margen izquierdo no aparecerán datos referentes a la filiación.
  • Una vez se conoce el Hospital/Clínica donde se produjo el parto, se puede acudir o llamar por teléfono, para solicitar al departamento de archivos el ‘expediente Hospitalario’  tanto de la madre como del RN. Ahí, pueden aparecer datos que no estén en el Registro, como por ejemplo si el abandono fue anónimo, puede constar igualmente el nombre de la madre por el ingreso. Si el Hospital/Clínica no tiene historial porque se amparan en la Ley de protección de datos o dicen que la han destruido, se puede acudir al Archivo Provincial de la Diputación
  • Ir al Ilustre Colegio de Notarios y pedir la copia simple de la escritura de adopción o la copia íntegra de la escritura del RN.  Según la Ley 54/2.007 del 28 diciembre, capítulo III, referente a las adopciones, se impone a los adoptantes una serie de obligaciones postadoptivas y se reconoce el derecho de los adoptados a conocer sus orígenes biológicos y como consecuencia de ello, los adoptados tienen derecho a pedir sus datos registrales y a saber biológicamente, ‘QUIENES SON’.
  • Acudir a la Diputación Provincial para pedir la documentación correspondiente de la adopción si el Hospital pertenecía a este estamento. La Diputación de Barcelona el 29 de noviembre de 2.012 ha firmado un convenio con la Generalitat de Catalunya para proceder como mediadores en la entrega de documentación a los adoptados de la Maternidad de Barcelona. Está documentación empieza el día 9 de enero de 2.013 con la entrega del expediente de adopción al Sr. Arcadi, de 91 años de la ciudad de Gerona.
  • Con los datos conseguidos, si se tiene el nombre de la madre biológica, lo más recomendable es acudir a un mediador para proceder al reencuentro, aunque lo más recomendable, es acudir a una de las asociaciones de víctimas para conseguir asesoramiento de cómo seguir el proceso de búsqueda o si es conveniente denunciar la detención ilegal y usurpación de identidad.

Tanto en el caso de ser familiar (progenitores, hermanos…) o hijo/a, si lo considera adecuado,  se puede interponer denuncia o querella[1] ante los Tribunales españoles

 


[1] Explicaré exactamente que es cada cosa en su apartado correspondiente.

 

La parte legal de este Blog, es la que nos explica como defender ante los tribunales la desaparición forzada de recién nacidos y el cambio de su identidad.

Los abogados de las Asociaciones y los profesores universitaros, han sido y son la fuente de la que hemos obtenido toda la información aquí reflejada.

 

Gracias